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Propiedad intelectual y pandemia

Los conceptos de propiedad intelectual pueden parecer abstractos a priori, pero quedan muy claros cuando se definen. Se relacionan con las creaciones artísticas, obras literarias, así como símbolos, imágenes, logos o nombres utilizados en productos concretos: ya sean láminas de un ilustrador o tu imagen de marca.

Este concepto se protege mediante patentes y registros como el derecho de autor, de los que después se puede sacar rédito como reconocimiento o ganancias. De esta manera se busca propiciar la creación y la innovación y conseguir que esté siempre protegida.

Con la pandemia, desde el 15 de marzo pasado en que entró en vigor la declaración del estado de alarma, los plazos y señalamientos de estos procedimientos judiciales, como los de cualquier otro, han quedado en suspenso. Por lo que nos encontramos ante una situación extraordinaria que puede dar muchos quebraderos de cabeza. Ya que, además, la propiedad intelectual no ha sido considerada de «materia urgente». Y esto supone que estos procedimientos para el registro de nuestras creaciones / marcas / logos, etc queda en stand by, pudiendo llegar a suponer que no nos pertenezcan si alguien se nos adelanta con su registro. Sobre todo, puede ocurrir con marcas o imágenes de marca en las que haya habido problemas anteriores en relación a su autoría.

En estos casos, si la autoría no se pudiese llegar a demostrar, quedará en entredicho, suponiendo trabas y costes adicionales; por ello es imprescindible que nos informemos de manera correcta del «parón» de la propiedad intelectual durante la pandemia.

Los abogados de propiedad intelectual e industrial son los que en estas circunstancias nos pueden ayudar a solucionar un tema relacionado con esto, ya sea de patentes, registro de marcas, derechos de autor o de dibujos y modelos industriales, teniendo cada uno unas especificidades concretas dentro de cada campo.

En la pandemia actual, dependerá mucho de la buena voluntad que se tenga dentro del ámbito jurídico. En palabras de Confi Legal: «Esto es, según jueces, letrados de la Administración de Justicia, abogados y procuradores, además de los propios litigantes, seamos capaces de actuar de consuno rehuyendo utilitarismos y ventajismos oportunistas para buscar exclusivamente la recuperación de cierta normalidad procesal; esa que las empresas demandan para un activo tan esencial como la propiedad industrial e intelectual».

Peggy Olson

Foto (cc): Donovan Beeson

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